El heredero o cónyuge del fallecido debe solicitar una Posición Efectiva de los valores del titular de la cuenta, debe cumplir con los siguientes requisitos dispuestos por la Superintendencia de Bancos:
Si el monto es hasta $500,00
- Certificado de defunción.
- Cédulas vigentes del heredero o cónyuge.
- Carta o poder autorizado a un heredero o cónyuge para que solo uno de ellos retire los valores y cierre la cuenta.
- Pago del impuesto a la herencia por cada heredero.
Si el monto es de $500,01 en adelante
- Escritura de Posesión Efectiva (certificado de defunción, partidas de matrimonio y de nacimiento)
- Cédulas vigentes del heredero o cónyuge.
- Carta o poder autorizado a un heredero o cónyuge para que solo uno de ellos retire los valores y cierre la cuenta.
- Pago del impuesto a la herencia por cada heredero.